
La Procuración General de la Suprema Corte de Justicia de Mendoza y la Dirección Nacional de Migraciones firmaron el pasado 8 de abril, en la Sala de Acuerdos del Palacio de Justicia, un Acuerdo de Colaboración a fin de prestar asistencia a los Fiscales Penales en todas aquellas causas en que existan investigaciones judiciales relacionadas con la comisión de delitos.
El Convenio se regirá por las siguientes cláusulas:
PRIMERA: Ambas partes se comprometen a establecer mecanismos de cooperación mediante la implementación de talleres y cursos, como así también de atención directa e inmediata a los Señores Fiscales, por loes medios que se establezcan, entre ellos la interconexión de ambos Organismos, con el objeto de facilitar y llevar a la práctica en forma eficaz la colaboración a la que se refiere el presente convenio.
SEGUNDA: Migraciones se compromete a brindar colaboración a Procuración Mendoza en relación a las investigaciones que los Señores Fiscales se encuentran instruyendo, en especial aquellas vinculadas con infracciones a la Ley 25.871.
TERCERA: Migraciones facilitará a Procuración Mendoza el acceso a la información disponible en sus registros informáticos tendiente a corroborar la situación migratoria de personas, restricciones para el ingreso y/o egreso del territorio nacional y movimientos migratorios.
CUARTA: Migraciones establecerá las claves de seguridad que serán entregadas a la con el objeto de identificara los requirentes de la consulta y resguardar la confidencialidad de la información suministrada. Cada Fiscal tendrá la posibilidad de realizar CUARENTA (40) consultas mensuales, y podrá solicitar fundadamente a Migraciones la duplicación de dicho cupo. Las consultas no utilizadas no serán acumulables para el próximo período.
QUINTA: Migraciones se compromete a organizar y dictar un curso de capacitación para los Señores Fiscales y personal dependiente de la Procuración Mendoza, que desee acceder a una clave de seguridad, sobre informática aplicada a las tareas migratorias, descripción y explicación del Sistema Integral de Captura Migratoria (Si. Ca. M.) y el Sistema de Gestión de Restricciones (Si. Ge. R.), en Sede Central de la Dirección Nacional de Migraciones.
SEXTA: Las claves de seguridad serán de uso exclusivo del funcionario al que se le asigne, y se comprometerá a no brindarla a terceras personas. La utilización de la clave se seguridad se regirá por los términos y condiciones de uso que se encuentran detallados en el sitio oficial de Internet de Migraciones.
SÉPTIMA: El acceso a la información detallada en la cláusula tercera del presente convenio, se realizará a través del sitio www.migraciones.gov.ar , en “Acceso Usuarios”.
OCATAVA: Procuración Mendoza se compromete a informar a Migraciones aquellas órdenes de detención o prohibiciones de salida del país que lleguen a su conocimiento, independientemente de la comunicación que realiza el órgano jurisdiccional, indicando todos los datos filiatorios que permitan la correcta individualización de la persona respecto de la cual pesa una restricción.
NOVENA: Procuración Mendoza a través de los Señores Fiscales, brindará a Migraciones la información que ésta requiera relacionada con irregularidades vinculadas a la radicación, ingreso o egreso de extranjeros, siempre y cuando no afecte el curso de las investigaciones que éstos se encuentren instruyendo.
DÉCIMA: Las partes convienen en que toda situación no prevista, no implique modificación de los términos esenciales del presente Convenio, será suplida mediante acta complementaria a suscribir entre Procuración Mendoza y Migraciones.
UNDÉCIMA: El presente convenio tendrá una vigencia de UN (1) año a contar desde la fecha de suscripción del mismo, prorrogándose automáticamente por el mismo término, salvo que alguna de las partes lo denuncie con una anticipación no menor a TREINTA (30) días, sin generar este último temperamento derecho a reclamos de ninguna naturaleza.
